Ley de las 50 transferencias: qué es y qué no es

Actualizado el 19 de octubre de 2026 · Revisado con la normativa vigente del SII

La llamada ley de las 50 transferencias es el artículo 85 ter del Código Tributario: bancos, cooperativas y emisores de tarjetas de prepago informan al SII, en enero y julio, las cuentas que recibieron más de 50 transferencias de 50 o más personas distintas en un mismo día, semana o mes, o al menos 100 de 100 personas distintas en un semestre. No es un impuesto ni un límite de transferencias. La obligación de dar boleta existe desde $1, aunque tu banco no te informe.

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Qué dice la ley de las 50 transferencias

La Ley N° 21.713 de Cumplimiento Tributario agregó el artículo 85 ter al Código Tributario. Con él, las instituciones financieras deben informar al SII ciertos datos de las cuentas que reciben muchos abonos de personas distintas.

El reporte se hace con la Declaración Jurada 1959, regulada por la Res. Ex. SII N° 5 de 2025. Informan bancos, cooperativas de ahorro y crédito y otras entidades financieras. Desde los abonos de agosto de 2025 también informan los emisores de tarjetas de prepago, bancarios o no (Res. Ex. SII N° 109/2025).

El umbral exacto de las 50 transferencias

Tu cuenta se informa si se cumple cualquiera de estas condiciones, sumando todas tus cuentas en la misma institución:

  • Más de 50 transferencias o depósitos de 50 o más personas distintas en un mismo día, semana o mes: se informa ese mes.
  • Al menos 100 transferencias de 100 o más personas distintas en un semestre: se informan todos los meses del semestre.
  • Ojo con el umbral semestral: con unas 17 clientas distintas al mes durante 6 meses ya llegas a 100 personas distintas, aunque nunca pases de 50 al mes.

Qué transferencias cuentan y cuáles no

Cuentan las transferencias, los depósitos en caja y los abonos desde billeteras o cuentas virtuales. Si no se puede identificar el RUT de quien paga, cada abono se considera de una persona distinta.

  • No cuentan las transferencias entre tus propias cuentas.
  • Tampoco los créditos, reversos, devoluciones, devoluciones de impuestos, abonos ordenados por tribunales, rescates de fondos ni intereses.
  • Se excluyen las cuentas comercio u operativas que mantienen separados los fondos de terceros.

Qué le informa el banco al SII

Por cada cuenta y mes, la institución informa solo cuántos abonos recibiste, de cuántas personas distintas y el monto total. No informa el detalle de cada transferencia, ni quién te pagó, ni la glosa.

El reporte es semestral: se presenta en enero y en julio, por el semestre anterior. El primero se envió en julio de 2025 e incluyó a 165.571 contribuyentes (72% personas y 28% empresas), según el SII.

La ley de las 50 transferencias no es un impuesto

Recibir muchas transferencias no genera un impuesto ni una multa por sí solo. El impuesto se paga por vender, y la obligación de dar boleta nace de cada venta, desde $1, llegues o no a estos números.

El SII dijo que contactará a quienes venden sin inicio de actividades para acompañarlos a formalizarse, y que fiscaliza cuando hay indicios claros de incumplimiento. También dijo que el reporte no apunta a tesoreras de curso, rifas solidarias, cuotas familiares o sociales ni fondos comunitarios.

Preguntas frecuentes

¿La ley de las 50 transferencias es un impuesto?

No. Es un reporte de información de los bancos al SII; el impuesto se paga por vender, no por recibir transferencias.

Si recibo menos de 50 transferencias al mes, ¿me salvo?

No necesariamente. Con unas 17 clientas distintas al mes llegas a 100 personas distintas en el semestre, y la obligación de dar boleta existe aunque no te informen.

¿El banco le cuenta al SII quién me pagó?

No. Informa solo la cantidad de abonos, la cantidad de personas distintas y el monto total de cada mes.

Soy tesorera del curso, ¿me afecta?

El SII dijo que el reporte no apunta a tesoreras de curso, rifas solidarias ni cuotas familiares o sociales.

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Normativa y fuentes

Información general basada en la normativa vigente. No es asesoría tributaria ni legal: si tu caso es especial, confírmalo con el SII o un contador. Boleta Altiro es un servicio privado; no somos el SII.