¿Hay monto mínimo para dar boleta en Chile? No: desde $1
Actualizado el 19 de octubre de 2026 · Revisado con la normativa vigente del SII
No hay monto mínimo. Desde el 1 de julio de 2023 la boleta se emite por cualquier venta, desde $1, y la antigua regla de los $180 quedó derogada. Se emite por cada operación, la pida o no la clienta, y aunque tu banco no informe tus transferencias al SII.
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Hacer el diagnóstico gratis¿Desde qué monto se da boleta?
Desde $1. La Res. Ex. SII N° 60 de 2023 fijó ese monto mínimo a partir del 1 de julio de 2023. Se emite boleta por cada operación, afecta o exenta, cualquiera sea su monto.
Qué pasó con la regla de los $180
Antes, una resolución de 1992 permitía no emitir boleta en ventas menores a $180. La Res. Ex. SII N° 60/2023 la derogó, así que esa excepción ya no existe.
Casos que confunden sobre el monto mínimo de la boleta
- Descuento que deja el total en $0: igual se emite la boleta, informando el descuento.
- La clienta no pide boleta: se emite igual, por cada venta.
- Recibes pocas transferencias: la boleta no depende del reporte de los bancos; nace de cada venta.
- Pago con tarjeta: si el voucher es de un operador autorizado con valor de boleta, no emites otra. Con efectivo o transferencia, siempre emites boleta electrónica.
Ventas grandes: más de 135 UF
En ventas sobre 135 UF a consumidores finales (umbral vigente en 2025 y 2026), la boleta debe identificar a quien paga: nombre, RUT, medio de pago y descripción. Si no se identifica, el pago debe hacerse por un medio electrónico o que identifique al pagador. No se puede fraccionar la venta para evitarlo.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que dar boleta por una venta de $1.000?
Sí. Desde julio de 2023 la boleta se emite desde $1.
¿Sigue vigente la regla de los $180?
No. Quedó derogada por la Res. Ex. SII N° 60/2023.
Si regalo un producto con un descuento del 100%, ¿emito boleta?
Sí. Si un descuento deja el total en $0, igual se emite la boleta informando el descuento.
¿Vendes por Instagram o WhatsApp? Te guiamos para formalizarte y tu boleta electrónica se emite automáticamente, con tu RUT, cuando tu clienta te paga por transferencia.
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Normativa y fuentes
- Res. Ex. SII N° 60/2023
- Art. 92 ter Código Tributario
- Res. Ex. SII N° 44/2025
- Servicio de Impuestos Internos (sii.cl)
Información general basada en la normativa vigente. No es asesoría tributaria ni legal: si tu caso es especial, confírmalo con el SII o un contador. Boleta Altiro es un servicio privado; no somos el SII.